Bolivia | Decreto Supremo No 29534 del 29 Abril 2008

RESUMEN: Regula la importación, comercialización, tenencia, manipulación, empleo, portación, destrucción, desactivación, control, fiscalización, incautación y confiscación de armas y municiones de uso militar, policial y civil.

Decreto Supremo Nº 29534

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con la Atribución 18ª del Artículo 96 de la Constitución Política del estado, es atribución del Presidente de la República conservar y defender el orden interno y la seguridad exterior de la República, conforme a la Constitución.

Que el Artículo 208 de la Constitución Política del estado, establece que las Fuerzas Armadas de la Nación tienen por misión fundamental defender y conservar la independencia nacional, la seguridad y estabilidad de la República y el honor y soberanía nacionales, así como asegurar el imperio de la Constitución Política del estado; siendo el Ministerio de Defensa Nacional, de acuerdo al Artículo 22 de la Ley Nº 1405 de 30 de diciembre de 1992, Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas de la Nación, el organismo político y administrativo de la institución castrense, además de su representante legal ante los poderes públicos.

Que el Artículo 215 de la Constitución Política del estado, determina que la Policía Nacional tiene la misión específica de defender a la sociedad, conservar el orden público y el cumplimiento de las leyes en todo el territorio nacional; dependiendo del Presidente de la República a través del Ministerio de Gobierno.

Que el inciso p) del Artículo 22 de la Ley Nº 1405, establece que es atribución y responsabilidad del Ministerio de Defensa Nacional, autorizar y fiscalizar toda importación de armas, municiones, agentes químicos, bacteriológicos y radiológicos (QBR) y vehículos de uso militar (tierra, aire y agua), armas y municiones de caza y pesca y explosivos diversos en todo el territorio nacional.

Que mediante Resolución Ministerial Nº 0322 de 23 de abril de 2008, del Ministerio de Defensa Nacional, se aprueba el Reglamento para la Importación de Explosivos, Armas y Municiones, que tiene por objeto establecer los pasos a seguir para la importación, transporte, almacenamiento, comercialización, empleo, control y fiscalización de productos explosivos, armas y municiones.

Que la proliferación de armas de fuego en el país, ha elevado el índice de delitos perpetrados con armas de fuego, afectando la seguridad común, la vida, la inte...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 3087

Tipo: DECRETO SUPREMO No 29534

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-29534-del-29-abril-2008

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