DECRETO SUPREMO Nº 3668
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que los artículos 281 de la Ley de Organización Judicial y 11 del Estatuto Orgánico de la Abogacía prohiben patrocinar causas a los abogados que ejercen función pública.
Que mediante Decreto Supremo No. 3032 de 5 de abril de 1952 se facultó a los abogados del Cuerpo Jurídico Militar que atendían la Sección Bienestar y Ayuda Social del Estado Mayor General, patrocinar causas en favor de los oficiales que no pudieran atender sus ges...
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