DECRETO SUPREMO Nº 06367
VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que en fecha 9 de enero de 1962, ha sido promulgada la Ley Orgánica de la Policía Boliviana, la misma que, en su título IV “De la Organización”, capítulo II artículos 38 y 45, establece el Departamento de Investigación Criminal con alcance nacional y distrital y, en el artículo 174, determina que su reglamentación estará a cargo del Poder Ejecutivo.
CONSIDERANDO:
Que el Comando Superior de la Policía Boliviana ha elevado un Manual de Investigación Criminal que establece la organización, objetivos, funciones, procedimientos y operaciones de este Departamento y que está de acuerdo con los principios generales de la Ley Orgánica.
CONSIDERANDO:
Que el...
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