Bolivia | Decreto Supremo No 2301 del 18 de Marzo de 2015

RESUMEN: Modifica el Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 0808, de 2 de marzo de 2011.

DECRETO SUPREMO N° 2301

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

C O N S I D E R A N D O:

Que el numeral 6 del Artículo 9 de la Constitución Política del Estado, establece entre los fines y funciones esenciales del Estado, promover y garantizar el aprovechamiento responsable y planificado de los recursos naturales, e impulsar su industrialización, a través del desarrollo y del fortalecimiento de la base productiva en sus diferentes dimensiones y niveles.

Que los Parágrafos I y III del Artículo 318 del Texto Constitucional, disponen que el Estado determinará una política productiva industrial y comercial que garantice una oferta de bienes y servicios suficientes para cubrir de forma adecuada las necesidades básicas internas, y para fortalecer la capacidad exportadora. Asimismo, el Estado fortalecerá la infraestructura productiva, manufactura e industrial y los servicios básicos para el sector productivo.

Que el numeral 2 de...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0736

Tipo: DECRETO SUPREMO No 2301

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-2301-del-18-de-marzo-de-2015

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