DECRETO PRESIDENCIAL N° 2386
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 1 de la Constitución Política del Estado, establece que Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías.
Que el Artículo 279 del Texto Constitucional, determina que el órgano ejecutivo departamental está dirigido por la Gobernadora o el Gobernador, en condición de máxima autoridad ejecutiva.
Que el Parágrafo I Artículo Único de la Ley N° 587, de 30 de octubre de 2014, Transitoria Electoral Elecciones Subnacionales 2015, dispone que en el proceso electoral subnacional del año 2015, se aplicarán los criterios de composición y forma de elección utilizados en el proceso electoral de las elecciones de 4 de abril del año 2010, que señalaban las Leyes N° 4021, de 14 de abril de 2009, y N° 002 de 5 de febrero de 2010, manteniendo la distribución y sistema electoral de asignación...
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