DECRETO SUPREMO N° 2464
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 5 de la Ley N° 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, determina que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.
Que el Decreto Supremo Nº 29091, de 4 de abril de 2007, crea la Unidad de Proyectos Especiales – UPRE, como institución pública desconcentrada, bajo dependencia del Ministro de la Presidencia, con la finalidad de apoyar funcionalmente tanto en la parte técnica, logística y operativa a los proyectos especiales que el Presidente del Estado Plurinacional lleve a cabo durante su gestión.
Que el Parágrafo I del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 2242Ver 3447 caracteres restantes
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