DECRETO SUPREMO N° 2559
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que los Parágrafos I y II del Artículo 45 de la Constitución Política del Estado, establecen que todas las bolivianas y los bolivianos tienen derecho a acceder a la seguridad social que se presta bajo los principios de universalidad, integralidad, equidad, solidaridad, unidad de gestión, economía, oportunidad, interculturalidad y eficacia. Su dirección y administración corresponde al Estado, con control y participación social.
Que el Decreto Supremo Nº 25289, de 30 de enero de 1999, autoriza a la Caja de Salud de la Banca Privada, suscribir un Convenio con el Delegado Presidencial de la ciudad de El Alto, para otorgar un Seguro Gratuito de Enfermedad Común y Maternidad para menores de diecinueve (19) años.
Que el Ver 3531 caracteres restantes
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