Bolivia | Decreto Supremo No 2670 del 03 de Febrero de 2016

RESUMEN: Aprueba la Estrategia de Gestión Integrada – EGI de prevención y control del Dengue, Chikungunya y Zika 2016 - 2018.

DECRETO SUPREMO N° 2670

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
 
CONSIDERANDO:
 
Que el Parágrafo I del Artículo 35 de la Constitución Política del Estado, establece que el Estado, en todos sus niveles, protegerá el derecho a la salud, promoviendo políticas públicas orientadas a mejorar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso gratuito de la población a los servicios de salud.
 
Que el Artículo 37 del Texto Constitucional, determina que el Estado tiene la obligación indeclinable de garantizar y sostener el derecho a la salud, que se constituye en una función suprema y primera responsabilidad financiera. Se priorizará la promoción de la salud y la prevención de las enfermedades.
 
Que el numeral 17 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, señala como competencia exclusiva del nivel central del Estado, las políticas del sistema de educación y salud.
Que el numeral 2 del Parágrafo II del Artículo 299 del Texto Constitucional, dispone que la gestión del sistema de salud y educación se ejercerán de forma concurrente por el nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas.
 
Que la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 2055, de 16 de octubre de 2012, determina que cuando se trata de competencias concurrentes y observando el principio de subsidiaridad, resulta permisible otorgar la posibilidad que el nivel central ingrese de manera simultánea con las Entidades Territoriales en el ejercicio de las facultades reglamentaria y ejecutiva únicamente cuando: 1) Las facultades reglamentaría y ejecutiva que corresponden a las entidades territoriales no sean ejercidas por sus gobiernos autónomos; y, 2) La participación del nivel central en el ejercicio simultaneo con las entidades territoriales no implique un desplazamiento de la participación de la entidades territoriales autónomas y concentración de facultades para el nivel central.
 
Que el numeral 12 del Artículo 5 de la Ley N° 031, de 19 de julio de 2010, Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, establece la subsidiaridad como un principio que rige la organización territorial y las Entidades Territoriales Autónomas disponiendo que la toma de decisiones y provisión de servicios públicos debe realizarse desde el gobierno más cercano a la población, excepto por razones de eficiencia y escala se justifique proveerlos de otra manera. Los órganos del poder público tienen la obligación de auxiliar y sustituir temporalmente aquellos q...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0831

Tipo: DECRETO SUPREMO No 2670

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-2670-del-03-de-febrero-de-2016

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