Bolivia | Decreto Supremo No 2802 del 15 de Junio de 2016

RESUMEN: Modifica el Decreto Supremo N° 2248, de 14 de enero de 2015, en cuanto al alcance del régimen laboral, inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo (Gestora), los plazos establecidos en las Disposiciones Transitorias, así como sus Anexos.

DECRETO SUPREMO N° 2802

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Supremo N° 2248, de 14 de enero de 2015, se aprobó la constitución de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, y sus Estatutos y la Escala Salarial del personal ejecutivo en el marco de la Ley N° 065, de 10 de diciembre de 2010, de Pensiones.

Que el Artículo 65 del Anexo A del Decreto Supremo Nº 2248, establece que toda modificación de los Estatutos de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, debe ser aprobado mediante Decreto Supremo.

Que el Parágrafo I del Artículo 7 del Decreto Supremo N° 2248, dispone que el Régimen Laboral de la Gestora se sujetará a la Ley General del Trabajo.
Que el Artículo 11 del Decreto Supremo N° 2248, señala que la Gestora iniciaría sus actividades en un periodo no mayor a dieciocho (18) meses, a partir de la publicación del citado Decreto Supremo.

Que la Disposición Transitoria Segunda del Decreto Supremo N° 2248, establece los criterios y los plazos de entrega para el proceso de traspaso entre cada una de las Administradoras de Fondos de Pensiones – AFP y la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, a cargo de la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS.

Que las Disposiciones Transitorias Tercera y Cuarta del Decreto Supremo N° 2248, disponen cronogramas para que la APS realice y entregue las Auditorías Legales de todos los Procesos Coactivos de la Seguridad Social y Procesos Penales instaurados por las AFP y la Auditoría de los Fondos del Sistema Integral de Pensiones, respectivamente.

Que el cronograma de actividades presentado al Ministro de Economía y Finanzas Públicas por el Gerente General de la Gestora, define tareas y tiempos necesarios para la contratación de bienes y servicios previos al inicio del proceso de traspaso de parte de cada una de las AFP a la Gestora, determinándose que se requiere un plazo adicional para completar dichas tareas.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTÍCULO 1.- (OBJETO).

El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar el Decreto Supremo N° 2248, de 14 de enero de 2015, en cuanto al alcance del régimen laboral, inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo (Gestora), los plazos establecidos en las Disposiciones Transitorias, así como...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0865

Tipo: DECRETO SUPREMO No 2802

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-2802-del-15-de-junio-de-2016

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