Bolivia | Decreto Supremo No 2825 del 06 de Julio de 2016

RESUMEN: Autoriza al Servicio General de Identificación Personal – SEGIP incrementar la subpartida 25220 “Consultores Individuales de Línea”, en Bs2.808.444,00, financiada con fuente 20 “Recursos Específicos” y Organismo Financiador 230 “Otros Recursos Específicos”, a través de un traspaso presupuestario intrainstitucional afectando la partida 26990 “Otros”, destinados a expandir los servicios y mejorar la calidad de atención en la otorgación de Cédulas de Identidad y Licencias para Conducir.

DECRETO SUPREMO N° 2825

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, determina que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.

Que el Parágrafo I del Artículo 2 de la Ley Nº 145, de 27 de junio de 2011, crea el Servicio General de Identificación Personal – SEGIP, como institución pública descentralizada, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con capacidad administrativa, financiera, legal, técnica y operativa, bajo tuición del Ministerio de Gobierno, con jurisdicción y competencia en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia.

Que el Parágrafo II del Artículo 2 de la Ley Nº 145, establece que el SEGIP es la única entidad pública facultada para...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0871

Tipo: DECRETO SUPREMO No 2825

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-2825-del-06-de-julio-de-2016

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