Bolivia | Decreto Supremo No 2902 del 21 de Septiembre de 2016

RESUMEN: Autoriza al Órgano Electoral Plurinacional, incrementar las subpartidas de gasto 25210 "Consultorías por Producto" en Bs160.000.- y 25220 "Consultores Individuales de Línea" en Bs904.698.- , a través de un traspaso presupuestario intrainstitucional afectando la partida 25500 "Publicidad", destinado al apoyo de la organización y ejecución de las actividades del Órgano Electoral Plurinacional.

DECRETO SUPREMO N° 2902

ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que los Parágrafos I de los Artículos 206 y 208 de la Constitución Política del Estado, establecen que el Tribunal Supremo Electoral es el máximo nivel del Órgano Electoral con jurisdicción nacional; y es el responsable de organizar, administrar y ejecutar los procesos electorales y proclamar sus resultados.

Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, señala que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.

Que el Parágrafo I del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 2644, de 30 de di...

Ver 3389 caracteres restantes


¿ Quieres ver la norma jurídica completa ?

Inicia Sesión
o,
Crea una Cuenta Gratis !




FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0895

Tipo: DECRETO SUPREMO No 2902

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-2902-del-21-de-septiembre-de-2016

Más información por Whatsapp

Aprovecha los descuentos !


Vobolex.org Powered by Derechoteca ©®™ 2024