Bolivia | Decreto Supremo No 2905 del 21 de Septiembre de 2016

RESUMEN: Crea la Agencia Estatal de Medicamentos y Tecnologías en Salud – AGEMED.

DECRETO SUPREMO N° 2905

ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 41 de la Constitución Política del Estado, determina que el Estado garantizará el acceso de la población a los medicamentos, priorizará los medicamentos genéricos a través del fomento de su producción interna y que el derecho al acceso a los medicamentos no podrá ser restringido por los derechos de propiedad intelectual y comercialización.

Que el inciso a) del Artículo 1 de la Ley Nº 1737, de 17 de diciembre de 1996, Política Nacional del Medicamento, tiene como objetivo disponer de medicamentos que garanticen inocuidad, eficacia y calidad demostrada, evitando la presencia de fármacos de dudosa calidad, ineficiencia farmacológica o de riesgo terapéutico.

Que el Artículo 2 de la Ley Nº 1737, establece que la citada Ley regula la fabricación, elaboración, importación, comercialización, control de calidad, registro, selección, adquisición, distribución, prescripción y dispensación de medicamentos de uso humano, así como de medicamentos especiales, como biológicos, vacunas, hemoderivados, alimentos de uso médico, cosméticos, productos odontológicos, dispositivos médicos, productos homeopáticos, y productos medicinales naturales y tradicionales.

Que el Artículo 6 del Decreto Supremo Nº 25235, de 30 de noviembre de 1998, dispone que el Ministerio de Salud y Previsión Social, actual Ministerio de Salud, a través de la Unidad de Medicamentos y Laboratorios tiene a su cargo el control normativo y supervisión de todos los establecimientos estatales, descentralizados o privados que guardan específica e íntima relación con los servicios farmacéuticos y bioquímicos.

Que los incisos b) y e) del Artículo 90 del Decreto Supremo Nº 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, señala entre las atribuciones de la Ministra(o) de Salud regular, planificar, controlar y conducir el Sistema Nacional de Salud, conformado por los sectores de seguridad social a corto plazo, público y privado, con y sin fines de lucro y medicina tradicional; así como ejercer la rectoría, regulación y conducción sanitaria sobre todo el sistema de salud.

Que se debe fortalecer la actividad reguladora en medicamentos y tecnologías en salud que viene realizando el Ministerio de Salud en el marco de la Ley Nº 1737, a través de la Unidad de Medicamentos y Tecnologías en Salud – UNIMED y el Laboratorio de Control de Calidad de Medicamentos y Toxicología – CONCAMYT, a fin de asegurar la disponibilidad de medicamentos eficaces, seguros y de calidad a precios justos.

Que es necesario contar con una autoridad reguladora que certifique la producción, importación, exportación, distribución, comercialización y uso de los medicamentos, y responda a la necesidad de efectuar cambios que permitan...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0895

Tipo: DECRETO SUPREMO No 2905

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-2905-del-21-de-septiembre-de-2016

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