Bolivia | Decreto Supremo No 2916 del 27 de Septiembre de 2016

RESUMEN: Aprueba el Estatuto del Fondo Nacional de Desarrollo Forestal- FONABOSQUE, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo en el marco de lo establecido por el Parágrafo I del Artículo 23 de la Ley N° 1700, de 12 de julio de 1996, Forestal.

DECRETO SUPREMO N° 2916

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Parágrafo I del Artículo 23 de la Ley Nº 1700, de 12 de julio de 1996, Forestal, crea el Fondo Nacional de Desarrollo Forestal – FONABOSQUE, como entidad pública bajo la tuición del Ministerio de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente, con personalidad jurídica de derecho público con autonomía técnica, administrativa, económica y financiera, con la finalidad de promover el financiamiento para la utilización sostenible y la conservación de los bosques y las tierras forestales. Su organización estará determinada en sus estatutos, a ser aprobados mediante Decreto Supremo.

Que el inciso c) del Artículo 38 de la Ley Nº 1700, dispone la transferencia a favor del FONABOSQUE del diez por ciento (10%) de la patente de aprovechamiento forestal, más el cincuenta por ciento (50%) de las patentes de desmonte y los saldos líquidos de las multas y remates, para un fondo fiduciario destinado a aportes de contrapartida para la clasificación, zonificación, manejo y rehabilitación de cuencas y tierras forestales, ordenamiento y manejo forestal, investigación, capacitación y transferencia de tecnologías forestales.

Que el Decreto Supremo Nº 24759, de 31 de julio de 1997, aprueba los Estatutos del FONABOSQUE, estableciendo el objeto, la organización, funciones, fuentes de financiamiento y patrimonio.

Que el Parágrafo II del Artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0429, de 10 de febrero de 2010, señala que la Ministra(o) de Medio Ambiente y Agua, tiene bajo tuición al FONABOSQUE entre otras.

Que en el marco de las políticas del Estado Plurinacional de Bolivia dirigidas al sector forestal, es necesario que sus entidades se adecuen a este contexto, con el objetivo de dar cumplimiento a los fines establecidos en el nuevo marco normativo, coadyuvando al logro de las metas planteadas en el Plan de Desarrollo Económico y Social 2016-2020, así como dar cumplimiento a los indicadores y compromisos internacionales asumidos por el Estado.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0897

Tipo: DECRETO SUPREMO No 2916

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-2916-del-27-de-septiembre-de-2016

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