Bolivia | Decreto Supremo No 3012 del 07 de Diciembre de 2016

RESUMEN: Autoriza al Embajador de Bolivia en la República Popular de China, suscribir con el Banco de China de Exportaciones - Importaciones – EXIMBANK, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, el Convenio de Crédito Preferencial al Comprador por un monto de hasta $us215.050.000.-, para el financiamiento del Proyecto Carretero “El Espino - Charagua - Boyuibe”.

DECRETO SUPREMO N° 3012

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el numeral 9 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, establece como competencia exclusiva del nivel central del Estado, la planificación, diseño, construcción, conservación y administración de carreteras de la Red Fundamental.

Que el numeral 1 del Parágrafo II del Artículo 96 de la Ley N° 031, de 9 de julio de 2010, Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, señala que de acuerdo a las competencias exclusivas de los numerales 9 y 10 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, el nivel central del Estado tiene como competencia exclusiva, el planificar, diseñar, construir y administrar las carreteras, líneas férreas y ferrocarriles de la red fundamental.

Que el numeral 2.4.1 “Transporte Carretero” del Pilar 2 del Plan de Desarrollo Económico y Social 2016-2020, en el Marco del Desarrollo Integral para Vivir Bien, aprobado por Ley N° 786, de...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0915

Tipo: DECRETO SUPREMO No 3012

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-3012-del-07-de-diciembre-de-2016

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