Bolivia | Decreto Supremo No 3037 del 28 de Diciembre de 2016

RESUMEN: Amplia el período de vigencia del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito – SOAT que brinda cobertura para la gestión 2016.

DECRETO SUPREMO N° 3037

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 36 de la Ley N° 1883, 25 de junio de 1998, de Seguros, determina que los seguros obligatorios solo pueden ser establecidos por Ley. Deberán ser administrados en fondos separados, sus pólizas serán uniformes y las variaciones en los montos de las primas deberán ser autorizadas expresamente por la Superintendencia actual Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros – APS, considerando las condiciones y términos de los contratos que las establecieron

Que el Artículo 37 de la Ley N° 1883, modificado por el Artículo Único de la Ley N° 737, de 21 de septiembre de 2015, establece reformas al Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito – SOAT.

Que el Ver 3535 caracteres restantes


¿ Quieres ver la norma jurídica completa ?

Inicia Sesión
o,
Crea una Cuenta Gratis !




FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0924

Tipo: DECRETO SUPREMO No 3037

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-3037-del-28-de-diciembre-de-2016

Más información por Whatsapp

Aprovecha los descuentos !


Vobolex.org Powered by Derechoteca ©®™ 2024