Bolivia | Decreto Supremo No 3125 del 29 de Marzo de 2017

RESUMEN: Autoriza a la Defensoría del Pueblo incrementar la subpartida 25220 “Consultores Individuales de Línea” en Bs1.053.000, financiado con fuente 41 “Transferencias TGN” y organismo financiador 111 “Tesoro General de la Nación”, a través de un traspaso presupuestario intrainstitucional afectando la subpartida 26990 “Otros”, destinados al cumplimiento de sus objetivos institucionales.

DECRETO SUPREMO N° 3125

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Parágrafo I del Artículo 12 de la Constitución Política del Estado, establece que el Estado se organiza y estructura su poder público a través de los Órganos Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Electoral. La organización del Estado está fundamentada en la independencia, separación, coordinación y cooperación de estos órganos.

Que el Parágrafo I del Artículo 218 del Texto Constitucional, dispone que la Defensoría del Pueblo velará por la vigencia, promoción, difusión y cumplimiento de los derechos humanos, individuales y colectivos, que se establecen en la Constitución, las leyes y los instrumentos internacionales. La función de la Defensoría alcanzará a la actividad administrativa de todo el sector público y a la actividad de las instituciones privadas que presten servicios públicos.

Que el Artículo...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0950

Tipo: DECRETO SUPREMO No 3125

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-3125-del-29-de-marzo-de-2017

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