DECRETO SUPREMO N° 3227
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 928, de 27 de abril de 2017, crea la Empresa Pública Nacional Estratégica de Yacimientos de Litio Bolivianos – YLB.
Que la Disposición Transitoria Primera de la Ley N° 928, establece que el Ministerio de Energías deberá reglamentar mediante Decreto Supremo los aspectos relativos al funcionamiento de YLB.
Que la Empresa Pública Nacional Estratégica YLB, se encuentra en una etapa de implementación transitoria y requiere del instrumento legal correspondiente para su funcionamiento.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO).
El presente Decreto Supremo tiene por objeto reglamentar los aspectos relativos al funcionamiento de la Empresa Pública Nacional Estratégica de Yacimientos de Litio Bolivianos – YLB, en su etapa de implementación, en la forma y alcances establecidos por Ley N° 928, de 27 de abril de 2017 y demás normativa vigente.
ARTÍCULO 2.- (NATURALEZA).
YLB es una Empresa Pública Nacional Estratégica, con personería jurídica propia, de duración indefinida, autonomía de gestión administrativa, financiera, comercial, legal y técnica, con patrimonio propio que pertenece en un cien por ciento (100%) al nivel central del Estado, bajo tuición del Ministerio de Energías.
ARTÍCULO 3.- (ESTRUCTURA).
I. Para el cumplimiento de sus objetivos, funciones y atribuciones, YLB estará constituida por una estructura organizacional conformada por un Directorio, una Gerencia Ejecutiva, dos (2) sub Gerencias, diez (10) Direcciones y tres (3) Unidades dependientes de Gerencia Ejecutiva:
a) Directorio;
b) Gerencia Ejecutiva;
c) Sub Gerencia de Producción de Sales;
d) Sub Gerencia de Electroquímica y Baterías;
e) Dirección Administrativa Financiera;
f) Dirección Jurídica;
g) Dirección de Planificación Estratégica;
h) Dirección de Operaciones;
i) Dirección de Electroquímica...
Ver 7177 caracteres restantes
¿ Quieres ver la norma jurídica completa ?
Inicia Sesión
o,
Crea una Cuenta Gratis !