Bolivia | Decreto Supremo No 3386 del 01 de Noviembre de 2017

RESUMEN: Modifica el Artículo 10 del "Reglamento que Reguula el procedimiento de Suscripción de Contratos de Producción Minera" aprobado por Decreto Suprerio N° 2994, de 23 de noviembre de 2016.

DECRETO SUPREMO N° 3386

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Parágrafo I del Artículo 370 de la Constitución Política del Estado, establece que el Estado otorgará derechos mineros en toda la cadena productiva, suscribirá contratos mineros con personas individuales y colectivas previo cumplimiento de las normas establecidas en la ley.

Que el Parágrafo I del Artículo 153 Bis de la Ley Nº 535, de 28 de mayo de 2014, de Minería y Metalurgia, incorporado por el Parágrafo VIII del Artículo 8 de la Ley Nº 845, de 24 de octubre de 2016, determina que el Contrato de Producción Minera será suscrito por la Corporación Minera de Bolivia – COMIBOL con actores productivos mineros para el desarrollo de actividades de la cadena productiva en las áreas de COMIBOL.

Que el Artículo Único del Decreto Supremo N° 2994,...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1007

Tipo: DECRETO SUPREMO No 3386

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-3386-del-01-de-noviembre-de-2017

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