DECRETO SUPREMO N° 3432
ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 321 de la Constitución Política del Estado, determina que la administración económica y financiera del Estado y de todas las entidades públicas se rigen por su presupuesto.
Que el numeral 18 del Artículo 5 de la Ley N° 070, de 20 de diciembre de 2010, de la Educación “Avelino Siñani – Elizardo Pérez”, establece como un objetivo de la Educación garantizar integralmente la calidad de la educación en todo el Sistema Educativo Plurinacional, implementando estrategias de seguimiento, medición, evaluación y acreditación con participación social. En el marco de la soberanía e identidad plurinacional, plantear a nivel internacional indicadores, parámetros de evaluación y acreditación de la calidad educativa que respondan a la diversidad sociocultural y lingüística del país.
Que el 30 de mayo de 2016 el Ministerio de Educación del Estado Plurinacional de Bolivia, suscribe Acuerdo con la Oficina Regional de Educación para América Latina y el Caribe – OREALC de la UNESCO para la participación en el Laboratorio Latinoamericano de Evaluación de la Cal...
Ver 4519 caracteres restantes
¿ Quieres ver la norma jurídica completa ?
Inicia Sesión
o,
Crea una Cuenta Gratis !