Bolivia | Decreto Supremo No 3433 del 13 de Diciembre de 2017

RESUMEN: Constituye el Registro Obligatorio de Empleadores - ROE, a cargo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social.

DECRETO SUPREMO N° 3433

ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el numeral 1 del Parágrafo I del Artículo 46 de la Constitución Política del Estado, determina que toda persona tiene derecho al trabajo digno, con seguridad industrial, higiene y salud ocupacional, sin discriminación y con remuneración o salario justo, equitativo y satisfactorio, que le asegure para sí y su familia una existencia digna. A su vez, el Parágrafo II del citado Artículo, establece que el Estado protegerá el ejercicio del trabajo en todas sus formas.

Que el Parágrafo III del Artículo 72 de la Ley Nº 164, de 8 de agosto de 2011, General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación, dispone que el Estado promoverá de manera prioritaria el desarrollo de contenidos, aplicaciones y servicios de las tecnologías de información y comunicación en el área de gestión gubernamental, como mecanismo para optimizar los sistemas existentes y crear nuevos para atender la demanda social, facilitar el acceso y uso intensivo de estos sistemas a nivel interno de cada unidad gubernamental, entre entidades gubernamentales, entre las ciudadanas y ciudadanos con las entidades gubernamentales.

Que la Ley Nº 977, de 26 de septiembre de 2017, de Inserción Laboral y de Ayuda Económica para personas con Discapacidad, establece la inserción laboral en los sectores público y privado, de personas con discapacidad, así como de la madre o el padre, cónyuge, tutora o tutor que se encuentre a cargo de una o más personas con discapacidad menores de dieciocho (18) años o con discapacidad grave y muy grave; así mismo crea un Bono mensual para las Personas con Discapacidad grave y muy grave.

Que el Parágrafo VII del Artículo 2 de la Ley Nº 977, señala que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, es la entidad encargada de coordinar con el Ministerio de Salud, la interoperabilidad de datos en el Sistema de información del Programa de Registro Único Nacional de Personas con Discapacidad – SIPRUN.PCD, y del Sistema de Control de Afiliados – SICOA del Instituto Boliviano de la Ceguera, de acuerdo al Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 1893, de 12 de febrero de 2014.

Que el Artículo 12 del Decreto Supremo Nº 2514, de 9 de septiembre de 2015, determina que las entidades del sector público, en coordinación con la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías de Información y Comunicación – AGET...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1020

Tipo: DECRETO SUPREMO No 3433

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-3433-del-13-de-diciembre-de-2017

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