DECRETO SUPREMO N° 3453
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 35 de la Constitución Política del Estado, establece que el Estado, en todos sus niveles, protegerá el derecho a la salud, promoviendo políticas públicas orientadas a mejorar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso gratuito de la población a los servicios de salud.
Que el Decreto Supremo Nº 3091, de 15 de febrero de 2017, tiene por objeto crear la Autoridad de Fiscalización y Control del Sistema Nacional de Salud, que regulará, fiscalizará y controlará al Sistema Nacional de Salud.
Que el Decreto Supremo Nº 3092, de 15 de febrero de 2017, autoriza la libre afiliación, la desafiliación y reafiliación gradual en el Seguro Social Obligatorio a Corto Plazo.
Que el Ver 3795 caracteres restantes
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