Bolivia | Decreto Supremo No 4011 del 14 de Agosto de 2019

RESUMEN: Tiene por objeto: a) Incorporar al Plan de Desarrollo Económico y Social 2016-2020 en el Marco del Desarrollo Integral para Vivir Bien, el tramo carretero “Villa Montes – La Vertiente – Palo Marcado”; b) Autorizar el financiamiento para la ejecución del tramo carretero “Villa Montes – La Vertiente – Palo Marcado”.

DECRETO SUPREMO N° 4011

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el numeral 9 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, determina que es competencia exclusiva del nivel central del Estado, la planificación, diseño, construcción, conservación y administración de carreteras de la Red Fundamental.

Que la Ley Nº 3507, de 27 de octubre de 2006, crea la Administradora Boliviana de Carreteras, encargada de la planificación y gestión de la Red Vial Fundamental; en el marco del fortalecimiento del proceso de descentralización.

Que el Artículo 6 de la Ley Nº 786, de 9 de marzo de 2016, establece que el Plan de Desarrollo Económico Social 2016-2020, en el Marco del Desarrollo Integral para Vivir Bien, podrá ser ajustado por el Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado, mediante Decreto Supremo, por motivos debidamente justificados.

Que el Artículo 3 del Ver 4380 caracteres restantes


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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1185

Tipo: DECRETO SUPREMO No 4011

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-4011-del-14-de-agosto-de-2019

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