DECRETO SUPREMO N° 4117
JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 165 de la Constitución Política del Estado, determina que el Órgano Ejecutivo está compuesto por la Presidenta o el Presidente del Estado, la Vicepresidenta o el Vicepresidente del Estado, y las Ministras y los Ministros de Estado.
Que el Artículo 8 del Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, señala que la Administración Central del Estado en el ejercicio de sus competencias constitucionales, podrá establecer Representaciones Presidenciales para atender asuntos específicos y por un tiempo determinado.
Que el Parágrafo I del Artículo 11 del Decreto Supremo N° 29894, establece que la Presidenta o Presidente del Estado Plurinacional, recibirá apoyo funcional, a través de la estructura organizativa del Ministerio de la Presidencia y estará compuesto, entre otros, por la Unidad de Apoyo a la Gestión Social, responsable de apoyar y coordinar las labores que realizan la Presidencia y el Órgano Ejecutivo.
Que con la finalidad de atender de manera directa y oportuna a las personas en situación de vulnerabilidad y promover acciones estratégicas que articulen las políticas públicas de gestión social, es necesario emitir el presente Decreto Supremo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO).
El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer la Representación Presidencial para la Gestión Social de la Presidencia del Estado Plurinacional de Bolivia y la adecuación de la Unidad...
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