Bolivia | Decreto Supremo No 4235 del 08 de Mayo de 2020

RESUMEN: Modifica el Decreto Supremo N° 2129, de 24 de septiembre de 2014, modificado por el Decreto Supremo N° 4104, de 6 de diciembre de 2019, que autoriza la asignación de recursos a la Empresa Metalúrgica Vinto, provenientes del “Fondo para la Revolución Industrial Productiva” – FINPRO, para la adquisición de Concentrados de Estaño e Insumos considerados en la actualización del estudio del Proyecto “Planta de Fundición Ausmelt-Vinto”.

DECRETO SUPREMO N° 4235

JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Parágrafo II del Artículo 306 de la Constitución Política del Estado, determina que la economía plural está constituida por las formas de organización económica comunitaria, estatal, privada y social cooperativa.

Que los numerales 2, 4, 6 y 7 del Artículo 316 del Texto Constitucional, establecen como funciones del Estado, dirigir la economía y regular los procesos de producción, distribución y comercialización de bienes y servicios; participar directamente en la economía mediante el incentivo y la producción de bienes y servicios económicos y sociales para promover la equidad económica y social; promover prioritariamente la industrialización de los recursos naturales renovables y no renovables; y promover políticas de distribución equitativa de la riqueza y de los recursos económicos del país, con el objeto de evitar la desigualdad, la exclusión social y económica, y erradicar la pobreza en sus múltiples dimensiones.

Que la Ley N° 232, de 9 de abril de 2012, del Fondo para la Revolución Industrial Productiva (FINPRO) y sus modificaciones crea el Fondo para la Revolución Industrial Productiva – FINPRO y establece los mecanismos de financiamiento y asignación de sus recursos en el marco del Artículo 316, numeral 4, de la Constitución Política del Estado. Asimismo, el Parágrafo I del Artículo 3 de la citada Ley, señala que el FINPRO tiene la finalidad de financiar la inversión de emprendimientos del Estado que generen excedentes.

Que el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 2129, de 24 de septiembre de 2014, autoriza al Banco de Desarrollo Productivo S.A.M. – BDP SAM – Banco de Segundo Piso, a suscribir el respectivo contrato de préstamo con la Empresa Metalúrgica Vinto, por un monto de Bs348.000.000.- (TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES 00/100 BOLIVIANOS), con recursos del FINPRO para la adquisición de Concentrados de Estaño e Insumos considerados en la actualización del estudio del Proyecto “Planta de Fundición Ausmelt-Vinto”.

Que el Decreto Supremo N° 4104, de 6 de diciembre 2019, modifica el Decreto Supremo N° 2129, de 24 de septiembre de 2014, amplian...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1268

Tipo: DECRETO SUPREMO No 4235

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-4235-del-08-de-mayo-de-2020

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