DECRETO SUPREMO N° 4275
JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el numeral 13 del Párrafo I del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, determina como competencia privativa del nivel central del Estado la administración del patrimonio del Estado Plurinacional y de las entidades públicas del nivel central del Estado.
Que el Artículo 5 de la Ley N° 975, de 13 de septiembre de 2017, de Modificaciones al Presupuesto General del Estado – Gestión 2017, establece que el Consejo Supremo de Defensa del Estado Plurinacional funcionará como instancia de coordinación del Órgano Ejecutivo, cuya estructura administrativa formará parte del Ministerio de Defensa, quedando el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas autorizado para efectuar los ajustes presupuestarios necesarios.
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