Bolivia | Decreto Supremo No 4284 del 15 de Julio de 2020

RESUMEN: Aprueba los Estados Financieros del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional de la gestión 2019, que comprenden la agregación de la ejecución presupuestaria, tesorería y contabilidad de los Ministerios de Estado, sus desconcentradas y otras unidades que conforman el Órgano Ejecutivo, lo cual no deslinda la responsabilidad por la administración directa realizada por sus Máximas Autoridades Ejecutivas.

DECRETO SUPREMO N° 4284

JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 1135, de 20 de diciembre de 2018, aprueba el Presupuesto General del Estado, para la Gestión Fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019, en el marco de lo establecido por el numeral 11 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado.

Que las modificaciones presupuestarias que incrementan el presupuesto inicial se encuentran amparadas por la Ley N° 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria.

Que el Artículo 10 de la Ley N° 2042, dispone que el Ministerio de Hacienda, actual Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Viceministro de Presupuesto y Contaduría, actual Viceministro de Presupuesto y Contabilidad Fiscal, mediante disposiciones de administración financiera, reglamentará y regulará la...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1291

Tipo: DECRETO SUPREMO No 4284

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-4284-del-15-de-julio-de-2020

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