Bolivia | Decreto Supremo No 4468 del 24 de Febrero de 2021

RESUMEN: Aprueba la escala salarial para el Personal Especializado, correspondiente a la gerencia general y al personal con certificación de piloto de línea aérea, en el marco de la política de austeridad implementada por el Gobierno Nacional y el proceso de reestructuración de la Empresa Pública Nacional Estratégica Boliviana de Aviación – BoA.

DECRETO SUPREMO N° 4468

LUÍS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Parágrafo II del Artículo 49 de la Constitución Política del Estado, determina que la ley regulará las relaciones laborales relativas a contratos y convenios colectivos; salarios mínimos generales, sectoriales e incrementos salariales.

Que el numeral VII del Artículo 17 de la Ley Nº 614, de 13 de diciembre de 2014, vigente por el inciso n) de la Disposición Final Novena de Ley N° 1356, de 28 de diciembre de 2020, del Presupuesto General del Estado Gestión 2021, establece que las Empresas Públicas Nacionales Estratégicas – EPNE, excepcionalmente, en casos de personal especializado en áreas estratégicas, podrán incorporar en sus Escalas Salariales, niveles de remuneraciones mayores al establecido para el Presidente del Estado Plurinacional, debiendo ser aprobadas expresamente mediante Decreto Supremo.

Que el Parágrafo I del Artículo 2 del Decreto Supremo N° 29318, de 24 de octubre de 2007, crea la Empresa Pública Nacional Estratégica denominada “Boliviana de Aviación – BoA”, como una persona jurídica de derecho público; de duración indefinida; patrimonio propio; autonomía de gestión administrativa, financiera, legal y técnica; bajo tuición del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda.

Que el Parágrafo II del Artículo 38 del Estatuto de la Empresa Pública Nacional Estratégica BoA, aprobado por Decreto Supremo N° 29482, de 19 de marzo de 2008, señala que el personal dependiente de “BoA” tendrá su régimen laboral enmarcado en la Ley General del Trabajo y sus disposiciones reglamentarias aplicables.

Que el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 3770, de 9 de enero de 2019, prohíbe a todas las empresas o establecimientos laborales sujetos al régimen laboral de la Ley General del Trabajo, aplicar el retiro indirecto por rebaja de sueldos o salarios como modalidad de conclusión de la relación laboral.

Que la Disposic...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1362

Tipo: DECRETO SUPREMO No 4468

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-4468-del-24-de-febrero-de-2021

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