Bolivia | Decreto Supremo No 4503 del 05 de Mayo de 2021

RESUMEN: Derogan las siguientes Disposiciones:a) El Artículo Único, la Disposición Adicional Única y la Disposición Final Tercera del Decreto Supremo N° 4223, de 20 de abril de 2020;b) La Disposición Adicional Única del Decreto Supremo N° 4265, de 15 de junio de 2020.

DECRETO SUPREMO N° 4503

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el numeral 7 del Artículo 21 de la Constitución Política del Estado, determina que las bolivianas y los bolivianos tienen derecho a la libertad de residencia, permanencia y circulación en todo el territorio boliviano, que incluye la salida e ingreso del país.

Que el Parágrafo I del Artículo 57 de la Ley N° 370, de 8 de mayo de 2013, de Migración, establece que el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de sus Misiones Diplomáticas y Consulares, promoverá el respeto y protección de los derechos fundamentales de las bolivianas y los bolivianos en el exterior, además de presentar ante las autoridades del país donde se encuentren, las acciones pertinentes para garantizar el respeto de los derechos e intereses de las personas naturales principalmente y de las personas jurídicas cuando corresponda, de conformidad con los principios y normas del Derecho Internacional.

Que el Artículo 26 de la Ver 4053 caracteres restantes


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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1384

Tipo: DECRETO SUPREMO No 4503

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-4503-del-05-de-mayo-de-2021

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