Bolivia | Decreto Supremo No 4506 del 12 de Mayo de 2021

RESUMEN: Autorizar a la Dirección General de Aeronáutica Civil – DGAC, el incremento de la subpartida de “Consultorías por Producto”, para dar cumplimiento a sus actividades y objetivos institucionales planificados para la gestión 2021.

DECRETO SUPREMO N° 4506

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el numeral 14 del Parágrafo I del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, determina que es competencia privativa del nivel central del Estado el control del espacio y tránsito aéreo, en todo el territorio nacional. Construcción, mantenimiento y administración de aeropuertos internacionales y de tráfico interdepartamental.

Que el Parágrafo I del Artículo 321 del Texto Constitucional, establece que la administración económica y financiera del Estado y de todas las entidades púbicas se rige por su presupuesto.

Que el Artículo 5 de la Ley N° 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, dispone que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.

Que el Artículo 1 de la Ley N° 2902, de 29 de octubre de 2004, señala que la Aeronáutica Civil en la República de Bolivia se rige por la Constitución...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1387

Tipo: DECRETO SUPREMO No 4506

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-4506-del-12-de-mayo-de-2021

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