Bolivia | Decreto Supremo No 4515 del 26 de Mayo de 2021

RESUMEN: Establece la vigencia del Beneficio para la Inversión en Transporte de Gas – BITG, como parte de la tarifa de transporte de gas natural, incorporando su definición en el Artículo 6 del Decreto Supremo N° 29018, de 31 de enero de 2007, Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos.

DECRETO SUPREMO N° 4515

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 360 de la Constitución Política del Estado, determina que el Estado definirá la política de hidrocarburos, promoverá su desarrollo integral, sustentable y equitativo, y garantizará la soberanía energética.

Que el Artículo 9 de la Ley N° 3058, de 17 de mayo de 2005, de Hidrocarburos, establece que el Estado, a través de sus órganos competentes, en ejercicio y resguardo de su soberanía, establecerá la Política Hidrocarburífera del país en todos sus ámbitos.

Que el Artículo 14 de la Ley N° 3058, dispone entre otras, que las actividades de transporte y comercialización de los productos refinados de petróleo, son servicios públicos, que deben ser prestados de manera regular y continua para satisfacer las necesidades energéticas de la población y de la industria orientada al desarrollo del país.

Que el inciso e) del Artículo 21 de la Ley N° 3058, señala entre las atribuciones del Ministerio de Hidrocarburos, actual Ministerio de Hidrocarburos y Energías, establecer la Política de precios para el mercado interno.

Que el inciso f) del Artícu...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1391

Tipo: DECRETO SUPREMO No 4515

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-4515-del-26-de-mayo-de-2021

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