HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL
D E C R E T A: CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo Nº 5425 de 17 de Mayo de 1960 conforme a las prescripciones de la Constitución Política del Estado y el Decreto Ley Nº 4315 de 9 de Febrero de 1956, elevado a rango de Ley en 26 de Diciembre de 1959, el Poder Ejecutivo convocó a elecciones para Presidente y Vice-Presidente de la República, las que se realizaron el día 5 de Junio del año en curso;
QUE EN EL INFORME DE LA CORTE NACIONAL ELECTORAL, ELEVADO A ESTE HONORABLE CONGRESO, CONFORME A LO PRESCRITO EN EL ARTÍCULO 232 DEL ESTATUTO ELECTORAL, SE CONSIGNAN LOS SIGUIENTES RESULTADOS TOTALES DEL PLEBISCITO REALIZADO EN TODA LA REPÚBLICA:
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