Bolivia | Ley No 1399 del 15 Diciembre 1992

RESUMEN: (ACTUALIZADA).- Autorizar a la H. Alcaldia Municipal de la ciudad de El Alto proceder a la apertura de un registro de vehículos.

Ley Nº 1399

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.-

Autorizar a la H. Alcaldía de la ciudad de El Alto proceder a la apertura de un registro de vehículos para efectos de domicilio y recaudación de impuestos, de acuerdo a normas vigentes.

ARTÍCULO 2º.-

A partir de la gestión 1993, se dispone a favor de la H. Alcaldía Municipal de El Alto, la participación en un 12% de la alícuota del 10% de coparticipación fijada por la Ver 1995 caracteres restantes


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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1771

Tipo: LEY No 1399

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/ley-1399-del-15-diciembre-1992

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