Bolivia | Ley No 14 del 19 de Octubre de 1960

RESUMEN: Discos grabados. "Impuesto".

Ley Nº 14

VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTÍCULO 1. Establécese la participación del cinco por ciento sobre el precio de venta en los discos grabados tanto nacionales como importados, a favor de...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 7

Tipo: LEY No 14

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/ley-14-del-19-octubre-1960

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