Ley Nº 145
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Declárese de necesidad y utilidad públicas la expropiación de los lugares denominados “Inca Suyo Pampa” y “Challa Huancalla Pampa...
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