MAMERTO URRIOLAGOITIA H.
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por Cuanto: el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º- Se instituye el SEGURO CONTRA EL GRANIZO exclusivamente en beneficio de las zonas vitícolas de la República, a base de los siguientes recursos:
a) Bs. 1.-sobre litro de alcohol de cereales y caña;
b) Bs. 1.-sobre litro de aguardiente de frutas y melazas;
c) Bs. 0.50 sobre litro de vino;
d) El 15% de recargo sobre el catastro rústico de las propiedades vitícolas de la
República;
e) Estos impuestos se aplicarán solam...
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