LEY Nº 182
LEY DE 26 DE OCTUBRE DE 2011
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.-
I. De conformidad a lo establecido en la atribución 10ª, parágrafo I del Artículo 158 de la Ver 1488 caracteres restantes
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