Bolivia | Ley No 21-10-1897 del 21 de Octubre de 1897

RESUMEN: REGISTRO DE COLONIAS.-INSCRIPCIÓN DE TIERRAS.

LEY DE 21 DE OCTUBRE

REGISTRO DE COLONIAS.-Inscripción de tierras.

SEVERO FERNANDEZ ALONSO,
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.

Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:

EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO 1º.- La inscripción prescrita por el artículo 11 de la ley de 13 de noviembre de 1886 se efectuará en el Registro de Colonias dentro del término de cinco años, desde la publi...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No GOB-34

Tipo: LEY No 21-10-1897

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/ley-21-10-1897-del-21-octubre-1897

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