Bolivia | Ley No 2384 del 22 Mayo 2002

RESUMEN: Autorizase al Poder Ejecutivo, y COMIBOL transferir, en favor de la Mancomunidad de Municipios de Llallagua, Uncía y Chayanta de la Provincia Bustillos del Departamento de Potosí, los bienes inmuebles, bienes de producción, muebles, maquinaria, maestranza, carpintería y Fundición de Catavi.

LEY Nº 2384
DE 22 DE MAYO DE 2002

JORGE QUIROGA RAMÍREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1º.-

Autorízase al Poder Ejecutivo, por intermedio del Servicio Nacional de Propiedad del Estado (SENAPE) y Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL) transferir, a título gratu...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 2406

Tipo: LEY No 2384

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/ley-2384-del-22-mayo-2002

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