LEY Nº 388
LEY DE 9 DE JULIO DE 2013
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único.
I. La ejecución de los Proyectos Camineros: “Santa Bárbara -Caranavi – Sapecho – Quiquibey”, “Sucre – Ravelo”, y “Llallagua – Ravelo”, inicialmente financiados con el Contrato de Préstamo suscrito con la República Bolivariana de Venezuela, aprobado por Ley N° 4018 de 9 de abril de 2009, serán financiados con recursos del Tesoro General de la Nación –TGN.
II. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General...
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