Bolivia | Ley No 407 del 15 de Agosto de 1968

RESUMEN: Dispone la iniciación de trabajos de la planta hidroeléctrica de SALTO DEL LEÓN del cantón Yura Provincia Quijarro del departamento de Potosí.

Ley Nº 407

LUIS ADOLFO SILES SALINAS
PRESIDENTE DEL H. CONGRESO NACIONAL

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO 1. Dispónese la iniciación de los trabajos para la construcción de la planta hidroeléctrica de Salto León, ubicado en el cantón Yura, provincia Quijarro del departamento de Potosí, en base a los e...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 415

Tipo: LEY No 407

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/ley-407-del-15-agosto-1968

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