Bolivia | Ley No 1140 del 21 de Diciembre de 2018

RESUMEN: Modifica la Ley N° 535 de 28 de mayo de 2014, de Minería y Metalurgia, y la Ley N° 845 de 24 de octubre de 2016; con la finalidad de regular las relaciones entre el Estado y las cooperativas mineras.

LEY N° 1140
LEY DE 21 DE DICIEMBRE DE 2018

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO 1. (OBJETO).

La presente Ley tiene por objeto modificar la Ley N° 535 de 28 de mayo de 2014, de Minería y Metalurgia, y la Ley N° 845 de 24 de octubre de 2016; con la finalidad de regular las relaciones entre el Estado y las cooperativas mineras.

ARTÍCULO 2. (CONTROL Y FISCALIZACIÓN DE LAS COOPERATIVAS MINERAS).

La Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas – AFCOOP, ejercerá el control y fiscalización del cumplimiento del carácter y la naturaleza de las cooperativas mineras, considerando el desarrollo de sus actividades, de acuerdo a los parámetros y los procedimientos establecidos en el marco de la Ley N° 356 de 11 de abril de 2013, “Ley General de Cooperativas”.

ARTÍCULO 3. (INFORMACIÓN REQUERIDA A LAS COOPERATIVAS MINERAS).

I. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo precedente, la información correspondiente al año fiscal minero, deberá ser presentada hasta el 31 de enero del siguiente año, por las cooperativas mineras con derecho minero, según corresponda, que deberán presentar a la AFCOOP la siguiente información:

Memoria anual de la gestión anterior o alternativamente Estados Financieros.

Nómina actualizada de asociados mediante documento ante Notario de Fe Pública.

II. La AFCOOP registrará la información presentada y elaborará un informe sobre el cumplimiento del carácter y la naturaleza de las cooperativas mineras.

III. Ante el incumplimiento de la presentación de la información establecida en el Parágrafo I del presente Artículo, la cooperativa minera será sujeta a sanciones pecuniarias de acuerdo a la Ley N° 356 de 11 de abril de 2013, “Ley General de Cooperativas”, y Decreto Supremo reglamentario.

IV. La AFCOOP, si detectase vulneración a los principios y naturaleza social del cooperativismo, procederá conforme a la Ley General de Cooperativas y normativa vigente.

ARTÍCULO 4. (CONTRATO COOPERATIVO MINERO).

I. El Contrato Cooperativo Minero será suscrito por la Corporación Minera de Bolivia – COMIBOL con las cooperativas mineras para el desarrollo de actividades de la cadena productiva en áreas de la COMIBOL es...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1131

Tipo: LEY No 1140

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/ley-no-1140-del-21-de-diciembre-de-2018

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