Bolivia | Ley No 1192 del 24 de Junio de 2019

RESUMEN: Aprueba la transferencia de un lote de terreno con superficie de 3.168,72 m2, de propiedad del Gobierno Autónomo Departamental de Pando, ubicado en la Zona Ex Petty Ray del Distrito N° 1, MZ 033, Predio 097 del Municipio de Cobija, Provincia Nicolás Suárez del Departamento de Pando; de conformidad a lo establecido en la Ley Departamental de Pando N° 081 de 3 de agosto de 2018.

LEY N° 1192
LEY DE 24 DE JUNIO DE 2019

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la transferencia de un lote de terreno con una superficie de 3.168,72 m², de propiedad del Gobierno Autónomo Departamental de Pando, ubicado en la Zona Ex Petty Ray del Distrito Nº 1, MZ 033, Predio 097 del Municipio de Cobija, Provincia Nicolás Suárez del Departamento de Pando, registrado en las oficinas de Derechos Reales de Cobija bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada N° 9.01.1.01.0017783, cuyas colindancias son: Al Norte, con la Avenida Defensores Bajo Acre; al Sur, con los predios 65-38-53; al Este, con el predio 25; y al Oeste, con los predios 55 y 64; de conformidad a lo establecido en la Ley Departamental de Pando Nº 081 de 3 de agosto de 2018, de acuerdo al siguiente detalle:

Veinte lotes de terreno con una superficie de 2.342,44 m², a título oneroso, a favor de los beneficiarios cuya nómina se detalla en el Anexo que forma parte indivisible de la presente Ley.

Una superficie de 826,28 m², a título gratuito, a favor del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los cuatro días del mes de junio del año dos mil diecinueve.

Fdo. Adriana Salvatierra Arriaza, Víctor Ezequiel Borda Belzu, Víctor Hugo Zamora Castedo, Eliana Mercier Herrera, Sandra Cartagena Lopez, Nelly Lenz Roso.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de junio del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga.

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1173

Tipo: LEY No 1192

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/ley-no-1192-del-24-de-junio-de-2019

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