Bolivia | Ley No 990 del 08 de Noviembre de 2017

RESUMEN: Autoriza de manera extraordinaria y por única vez, el pago de un beneficio por concepto de devolución de los aportes efectuados al ex Consejo Nacional de Vivienda Minera (COVIMIN), comprendidos entre las gestiones de 1970 a 1987, sobre la liquidación bruta de mineral efectuados en porcentaje del tres por mil (3x1000), a favor de los trabajadores del sector de la Minería chica y Locatarios de la Empresa Minera Pucro Yana Mallku.

LEY N° 990
LEY DE 8 DE NOVIEMBRE DE 2017

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE
BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO. La presente Ley tiene por objeto autorizar de manera extraordinaria y por única vez, el pago de un beneficio por concepto de devolución de los aportes efectuados al ex Consejo Nacional de Vivienda Minera (COVIMIN), comprendidos entre las gestiones de 1970 a 1987, sobre la liquidación bruta de mineral efectuados en porcentaje del tres por mil (3×1000), a favor de los trabajadores del sector de la Minería Chica y Locatarios de la Empresa Minera Pucro Yana Mallku.

DISPOSICIONES ADICIONALES

PRIMERA. Se encomienda al Ministerio de Obras Públicas Servicios y Vivienda, a través de la Unidad Ejecutora de Titulación, a efectuar el registro y habilitación de los beneficiarios de la devolución dispuesta en el Artículo Único, en base a la docume...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1009

Tipo: LEY No 990

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/ley-no-990-del-08-de-noviembre-de-2017

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