LEY N° 990
LEY DE 8 DE NOVIEMBRE DE 2017
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE
BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. La presente Ley tiene por objeto autorizar de manera extraordinaria y por única vez, el pago de un beneficio por concepto de devolución de los aportes efectuados al ex Consejo Nacional de Vivienda Minera (COVIMIN), comprendidos entre las gestiones de 1970 a 1987, sobre la liquidación bruta de mineral efectuados en porcentaje del tres por mil (3×1000), a favor de los trabajadores del sector de la Minería Chica y Locatarios de la Empresa Minera Pucro Yana Mallku.
DISPOSICIONES ADICIONALES
PRIMERA. Se encomienda al Ministerio de Obras Públicas Servicios y Vivienda, a través de la Unidad Ejecutora de Titulación, a efectuar el registro y habilitación de los beneficiarios de la devolución dispuesta en el Artículo Único, en base a la docume...
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