Bolivia | Resolución Normativa de Directorio No 10-0022-16 del 22 de Julio de 2016 de Impuestos Internos

RESUMEN: PRÓRROGA PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE DEVOLUCIÓN IMPOSITIVA2016/07/22

RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 10-0022-16

PRÓRROGA PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE DEVOLUCIÓN IMPOSITIVA

La Paz, 22 de julio de 2016

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que el numeral 7 del artículo 66 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, faculta a la Administración Tributaria de forma específica a conceder prórrogas.

Que el Artículo 14 del Decreto Supremo Nº 25465 de 23 de julio de 1999, dispone que el plazo para la presentación de Solicitudes de Devolución Impositiva es de 180 días computables desde el primer día hábil del mes inmediatamente siguiente al que se efectúo la exportación.

Que la Disposición Transitoria Cuarta de la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0021-16 de 1 de julio de 2016, Sistema de Facturación Virtual, prorroga el plazo para el envío de la información de los Libros de Compras y Ventas IVA a través del Módulo LCV-IVA FACILITO para los periodos fiscales enero, febrero, marzo, abril y mayo de la gestión 2016 conforme a un cronograma dispuesto en la citada disposición transitoria.

Que las compras efectuadas en el Mercado Interno vinculadas a la actividad exportadora que forman parte de la Devolución Impositiva, deben ser validadas formalmente por el Sistema de Devolución Impositiva SEV-CEDEIM, en base a la información contenida en los Libros de Compras y Ventas IVA de los proveedores, cuya presentación fue prorrogada conforme lo señalado en el párrafo precedente, aspecto que dificulta disponer de información completa para ejecutar exitosamente la validación mencionada.

Que es necesarioa efectos de viabilizar la correcta verificación de la información que respalda las Solicitudes de Devolución Impositiva del periodo enero de 2016, ampliar el plazo de presentación de las mismas.

Que conforme al inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001, Reglamento de aplicación de la Ley Nº 2166 del Servicio de Impuestos Nacionales, el Presidente Ejecutivo en uso de sus atribuciones y en aplicación del inciso a) del numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio Nº 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra autorizado a suscribir Resoluciones
Normativas de Directorio.

POR TANTO:

El Presidente Ejecutivo a. i. del Servicio de Impuestos Nacionales, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley Nº 2492, de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, y las disposiciones previamente citadas,

RESUELVE:

Artículo Único.- Prorrogar hasta el 27 de agosto de 2016 el plazo para la presentación de Solicitudes de Devolución Impositiva (CEDEIM) correspondientes al periodo fiscal ENERO/2016.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

Lic. V. Mario Cazón Morales
Presidente Ejecutivo a.i.
Servicio de Impuestos Nacionales


FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No

Tipo: RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO DE IMPUESTOS INTERNOS No 10-0022-16

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/10-0022-16-del-22-de-julio-de-2016-de-impuestos-internos

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