ACTUALIZACIÓN ANUAL DE LA ALÍCUOTA MÁXIMA DEL IMPUESTO ESPECIAL A LOS HIDROCARBUROS Y SUS DERIVADOS
RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 10-0038-12
La Paz, 20 de diciembre de 2012
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 7 de la Ley Nº 2493 de 4 de agosto de 2003, deroga los Artículos 112 y 113 de la
Ley Nº 843 (Texto Ordenado Vigente), declarando vigente su texto original, disponiendo que el Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados (IEHD), será determinado aplicando a cada producto derivado de hidrocarburos una tasa máxima de Bs3,50 (Tres 50/100 Bolivianos) por litro o
unidad de medida equivalente que corresponda según la naturaleza del producto, la cual será actualizada de acuerdo a la variación anual de la Unidad de Fomento de la Vivienda (UFV).
Que el Artículo 5...
Ver 3064 caracteres restantes
¿ Quieres ver la norma jurídica completa ?
Inicia Sesión
o,
Crea una Cuenta Gratis !