Bolivia | Decreto Supremo No 1946 del 26 de Marzo de 2014

RESUMEN: Modifica el Artículo 1, 4 y 6 del Decreto Supremo N° 1572, de 1 de mayo de 2013 .

DECRETO SUPREMO N°1946
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

C O N S I D E R A N D O:

Que el Parágrafo III del Artículo 339 de la Constitución Política del Estado, determina que los ingresos del Estado se invertirán conforme con el plan general de desarrollo económico y social del país, el Presupuesto General del Estado y con la ley.

Que el Artículo 7 de la Ley N° 211, de 23 de diciembre de 2011, del Presupuesto General del Estado – Gestión 2012, vigente por disposición del inciso g) de la Disposición Final Segunda de la Ley N° 455, de 11 de diciembre de 2013, del Presupuesto General del Estado – Gestión 2014, autoriza al Órgano Ejecutivo, constituir fideicomisos con instituciones financieras autorizadas, los cuales deben ser aprobados mediante Decreto Supremo.

Que el Artículo 31 del Decreto Supremo N° 1861, de 8 de enero de 2014, establece los aspectos generales de los fideicomisos y la recuperación de los recursos en fideicomisos.

Que el Artículo 8 del Decreto Supremo N° 27952, de 22 de diciembre de 2004, señala que el Fondo Nacional de Desarrollo Regional – FNDR, en el ámbito de sus atribuciones establecidas por Ley, podrá administrar patrimonios autónomos constituidos por el Gobie...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0629

Tipo: DECRETO SUPREMO No 1946

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-1946-del-26-marzo-2014

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