DECRETO SUPREMO N° 2005
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que el numeral 12 del Parágrafo I del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, determina que dentro de las competencias privativas del nivel central del Estado, se encuentran la de creación, control y administración de empresas públicas estratégicas del nivel central del Estado.
Que el Parágrafo III del Artículo 306 del Texto Constitucional, establece que la economía plural articula las diferentes formas de organización económica sobre los principios de complementariedad, reciprocidad, solidaridad, redistribución, igualdad, seguridad jurídica, sustentabilidad, equilibrio, justicia y transparencia. La economía social y comunitaria complementará el interés individual con el vivir bien colectivo.
Que el Artículo 3 de la Ley N° 292, de 25 de septiembre de 2012, Ley General de Turismo “Bolivia Te Espera”, dispone que el turismo es una actividad económicamente estratégica que deberá desarrollarse de manera sustentable respondiendo al objetivo de fomentar, desarrollar, incentivar, y fortalecer el turismo receptivo y emisivo a partir de la gestión territorial y la difusión del “Destino Bolivia”, sus atractivos y sitios turísticos para la generación de ingresos económicos y empleo que contribuyan al crecimiento de la actividad turística y al Vivir Bien de las bolivianas y bolivianos, fortaleciendo el turismo de base comunitaria.
Que la Ley Nº 466, de 26 de diciembre de 2013, de la Empresa Pública, señala el régimen de las empresas públicas del nivel central del Estado para que con eficiencia, eficacia y transparencia contribuyan al desarrollo económico y social del país, transformando la matriz productiva y fortaleciendo la independencia y soberanía económica del Estado Plurinacional de Bolivia, en beneficio de todo el pueblo boliviano.
Que el Artículo 6 de la Ley Nº 466, dispone que las empresas públicas tendrán, entre otras, la tipología de Empresa Estatal – EE, cuyo patrimonio pertenece en un cien por ciento (100%) al nivel central del Estado.
Que el Ver 8230 caracteres restantes
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