DECRETO SUPREMO N° 2029
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Artículo 19 de la Ley Nº 843 (Texto Ordenado vigente), crea un impuesto sobre el ingreso de las personas naturales y sucesiones indivisas denominado Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado.
Que el inciso e) del Parágrafo III del Artículo 5 de la Ley Nº 396, de 26 de agosto de 2013, vigente por disposición del inciso k) de la Disposición Final Segunda de la Ley N° 455, de 11 diciembre de 2013, del Presupuesto General del Estado Gestión – 2014, autoriza el pago de pasajes y viáticos, para los consultores individuales de línea, siempre que dicha actividad se halle prevista en el referido contrato y se encuentre acorde a la naturaleza de las funciones a ser desempeñadas.
Que el inciso f) del Parágrafo III del Ar...
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