Bolivia | Decreto Supremo No 26270 del 05 Agosto 2001

RESUMEN: A partir del 5 de agosto de 2001, se establecen mecanismos de ajuste de la tasas del IEHD para la Gasolina Especial y el Diesel Oil Nacional.

DECRETO SUPREMO Nº 26270

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO

Que mediante Decreto Supremo No. 24914 de 5 de diciembre de 1997 y sus modificaciones posteriores fue aprobado el Reglamento sobre el Régimen de Precios de los Productos del Petróleo.
Que la mencionada disposición legal establece la metodología de cálculo de los Precios Máximos Finales de los productos regulados, entre ellos la gasolina especial y el diesel oíl.

Que como consecuencia del alza sostenida de los precios internacionales del petróleo y de los precios de referencia de la gasolina especial y del diesel oil, cuyo impacto se reflejó en el incremento de los precios de los productos regulados en el mercado interno, el Supremo Gobierno mediante Decreto Supremo No. 25836 de 7 de julio de 2000 autorizó a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), a suscribir con la empresa Boliviana de Refinación
S.A. (EBR) y con productores de petróleo un contrato de vigencia limitada, destinado a estabilizar temporalmente los precios al consumidor final de la gasolina especial y del diesel oíl.

Que mediante Decreto Supremo No 25837 de 7 de julio de 2000 se homologó dicho contrato.

Que el Decreto Supremo No. 26242 de 5 de julio de 2001, prorroga la vigencia del Decre...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 2332

Tipo: DECRETO SUPREMO No 26270

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-26270-del-05-agosto-2001

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