Bolivia | Decreto Supremo No 26907 del 31 Diciembre 2002

RESUMEN: Ampliación de plazo para realizar el cálculo de precios de productos de hidrocarburos y derogar el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 26270.

Decreto Supremo Nº 26907

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Supremo Nº 24914 de 5 de diciembre de 1997 y sus modificaciones posteriores fue aprobado el Reglamento sobre el Régimen de Precios de los Productos del Petróleo.

Que la mencionada disposición legal establece la metodología de cálculo de los Precios Máximos Finales de los productos regulados, entre ellos la gasolina especial y el diesel oíl.

Que con el objetivo de mantener estables los precios finales de la gasolina especial y del diesel oíl, mediante el Decreto Supremo Nº 26270 del 5 de agosto de 2001 se estableció un mecanismo de ajuste a través de la variación del impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados – IEHD.

Que el Artículo 2 del mencionado Decreto Supremo establece que el precio de la Gasolina Especial...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 2452

Tipo: DECRETO SUPREMO No 26907

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-26907-del-31-diciembre-2002

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